Revisión de los cambios que
introduce R.D 95/2022, 1 de febrero, Con indagación
en los contenidos de Educación Emocional:
Resumen:
En este breve resumen se recogen los cambios más
significativos introducidos en currículo
de E. Infantil y los contenidos que desde el R.D 95/2022, hacen alusión del trabajo socio-afectivo-
emocional. Realizada la revisión, se observa en este nuevo Texto Curricular, cómo la
educación emocional comienza a ser imprescindible dentro de los contenidos de
los curriculares que defienden una Educación Integral del niño. Por ello, es
preciso diseñar nuevos contenidos y propuestas didácticas de Educación
emocional que den respuesta a las
necesidades de estas competencias vitales, diseñando actividades multisensoriales y vivenciales. Siendo este Objetivo de implementación sistemática
de la Educación Emocional, hoy llevado a la práctica educativa de la Educación
Infantil, como es el caso de la Pedagogía Emoti de Educación Emocional,
implementada en varios centros.
Hoy conocemos con evidencia científica, que la Educación Emocional es un garante de su formación integral y contribuye al pleno desarrollo de la personalidad del niño. Qué existen beneficios de acción preventiva, que darán sus frutos más importantes en las edades adolescentes. Siendo en esta fase del desarrollo, donde los jóvenes recogen su aprendizaje emocional y se ven capacitados para gestionar su vida, disponiendo de herramientas esenciales de gestión y autonomía emocional. Parecen estos, suficientes argumentos para abrir paso a la instauración a los contenidos socio-afectivos- emocionales, en el Ciclo de la Educación Infantil.
Leyenda de subrayado:
……….. Subrayado de cambios generales. ……….. Subrayado de currículo Primer Ciclo. ……….. Subrayado de Contenidos que engloban la Educación
Emocional.
Revisión del r.d:
Atendiendo
a este enfoque, el título preliminar del nuevo texto de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, incluye, entre los principios y fines de la
educación, el cumplimiento
efectivo de los derechos de la infancia según lo establecido en la Convención
sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la inclusión educativa y la
aplicación de los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje.
Al
mismo tiempo, la ley reformula, en primer lugar, la definición de currículo,
enumerando los elementos que lo integran y señalando a continuación que su
configuración deberá estar orientada a facilitar el desarrollo educativo de los
alumnos y alumnas, garantizando su formación integral, contribuyendo al pleno
desarrollo de su personalidad y preparándolos para el ejercicio pleno de los
derechos humanos, de una ciudadanía activa y democrática en la sociedad actual,
sin que en ningún caso esta configuración pueda suponer una barrera que genere
abandono escolar o impida el acceso y disfrute del derecho a la educación. En consonancia con esta visión,
la ley, manteniendo el enfoque competencial que aparecía ya en el texto
original, hace hincapié en el hecho de que esta formación integral
necesariamente debe centrarse en el desarrollo de las competencias.
Asimismo, se modifica la anterior distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en lo relativo a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas. De este modo, corresponderá al Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, fijar, en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas. Las administraciones educativas, a su vez, serán las responsables de establecer el currículo correspondiente para su ámbito territorial, del que formarán parte los aspectos básicos antes mencionados. Finalmente, corresponderá a los centros educativos desarrollar y completar, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en el uso de su autonomía, tal y como se recoge en la propia ley.
Con relación a la Educación
Infantil, el nuevo texto incorpora a la ordenación y a los principios
pedagógicos de la etapa el respeto a la específica cultura de la infancia que
definen la Convención sobre los Derechos del Niño y las Observaciones Generales
de su Comité.
En desarrollo de lo anteriormente
expuesto, el objeto de este real decreto es establecer las enseñanzas mínimas
de la Educación Infantil, entendida como una etapa educativa única, con
identidad propia y organizada en dos ciclos que responden ambos a una misma
intencionalidad educativa. Partiendo de esta visión de conjunto, en uso de la
competencia estatal para la ordenación general del sistema educativo y para la
fijación de las enseñanzas mínimas recogida en el artículo 6 bis de la ley, y
recogiendo al mismo tiempo el mandato del artículo 14.7, que por primera vez encomienda al
Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, la definición de los
contenidos educativos del currículo del primer ciclo, este real decreto
define los objetivos, fines y principios generales y pedagógicos del conjunto
de la etapa, así como las competencias clave cuyo desarrollo deberá iniciarse
desde el comienzo mismo de la escolarización. Además, para cada una de las
áreas, se fijan las competencias específicas previstas para la etapa, así como
los criterios de evaluación y los saberes básicos establecidos para cada ciclo.
Por otra parte, con carácter
meramente orientativo y con el fin de facilitar al profesorado su propia
práctica, se propone una definición de situación de aprendizaje y se establecen
principios para su diseño.
Por último, se incluyen en esta
norma otras disposiciones referidas a aspectos esenciales de la ordenación de
la etapa, como la evaluación, la atención a las diferencias individuales y la
autonomía de los centros.
Artículo
4. Fines.
La finalidad de la Educación
Infantil es contribuir al desarrollo integral y armónico del alumnado en todas
sus dimensiones: física, emocional, sexual, afectiva, social, cognitiva y
artística, potenciando la autonomía personal y la creación progresiva de una
imagen positiva y equilibrada de sí mismos, así como a la educación en valores
cívicos para la convivencia.
Artículo
6. Principios pedagógicos.
1. La práctica educativa en esta
etapa buscará desarrollar y asentar progresivamente las bases que faciliten el
máximo desarrollo de cada niño y de cada niña.
2. Dicha práctica se basará en experiencias de
aprendizaje significativas y emocionalmente positivas y en la experimentación y
el juego. Además, deberá llevarse a cabo en un ambiente de afecto y confianza
para potenciar su autoestima e integración social y el establecimiento de un
apego seguro. Así mismo, se velará por garantizar desde el primer
contacto una transición positiva desde el entorno familiar al escolar, así como
la continuidad entre ciclos y entre etapas.
3. En los dos ciclos de esta etapa, se atenderá
progresivamente al desarrollo afectivo, a la gestión emocional, al movimiento y los hábitos de
control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, y a
las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al
descubrimiento del entorno, de los seres vivos que en él conviven y de las
características físicas y sociales del medio en el que viven. También se
incluirá la educación en valores.
4. Asimismo, se incluirán la
educación para el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación
para la salud.
5. Además, se favorecerá que
niños y niñas adquieran autonomía personal y elaboren una imagen de sí mismos
positiva, equilibrada e igualitaria y libre de estereotipos discriminatorios.
6. Las administraciones
educativas fomentarán el desarrollo de todos los lenguajes y modos de
percepción específicos de estas edades para desarrollar el conjunto de sus
potencialidades, respetando la específica cultura de la infancia que definen la
Convención sobre los Derechos del Niño y las Observaciones Generales de su
Comité.
7. De igual modo, sin que resulte
exigible para afrontar la Educación Primaria, se podrá favorecer una primera
aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación
temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información
y la comunicación, en la expresión visual y musical y en cualesquiera otras que
las administraciones educativas determinen.
8. Corresponde a las
administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua
extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la Educación Infantil,
especialmente en el último año.
Artículo
7. Objetivos.
La Educación Infantil contribuirá
a desarrollar en los niños y las niñas las capacidades que les permitan:
a)
Conocer su propio cuerpo y el de los otros, así como sus posibilidades de
acción y aprender a respetar las diferencias.
b)
Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c)
Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d)
Desarrollar sus capacidades emocionales y afectivas.
e)
Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas
elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de
la empatía y la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de
violencia.
f)
Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de
expresión.
g)
Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lectura y la escritura,
y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
h)
Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad
entre hombres y mujeres.
Artículo
8. Áreas.
1. Los contenidos educativos de
la Educación Infantil se organizan en áreas correspondientes a ámbitos propios
de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de
propuestas globalizadas de aprendizaje que tengan interés y significado para
los niños y las niñas.
2. Las
áreas de la Educación Infantil son las siguientes:
– Crecimiento
en Armonía.
– Descubrimiento
y Exploración del Entorno.
– Comunicación
y Representación de la Realidad.
3. Estas áreas deben entenderse
como ámbitos de experiencia intrínsecamente relacionados entre sí, por lo que
se requerirá un planteamiento educativo que promueva la configuración de
situaciones de aprendizaje globales, significativas y estimulantes que ayuden a
establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman.
Artículo
13. Atención a las diferencias individuales.
1. La atención individualizada
constituirá la pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado y demás
profesionales de la educación.
2. La intervención educativa
contemplará la diversidad del alumnado adaptando la práctica educativa a las
características personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de los
niños y las niñas e identificando aquellas características que puedan tener
incidencia en su evolución escolar con el objetivo de asegurar la plena inclusión
de todo el alumnado.
3. Las administraciones
educativas establecerán procedimientos que permitan la detección temprana de
las dificultades que pueden darse en los procesos de enseñanza y aprendizaje y
la prevención de las mismas a través de planes y programas que faciliten una
intervención precoz. Asimismo, facilitarán la coordinación de cuantos sectores
intervengan en la atención de este alumnado.
4. Los centros adoptarán las
medidas adecuadas dirigidas al alumnado que presente necesidad específica de
apoyo educativo.
5. Asimismo, adoptarán la
respuesta educativa que mejor se adapte a las características y necesidades
personales de los niños y niñas que presenten necesidades educativas
especiales.
6. Las administraciones
educativas podrán incorporar a su oferta educativa las lenguas de signos
españolas.
ANEXO I
Competencias clave de la Educación
Infantil.
La etapa de Educación Infantil
supone el inicio del proceso de adquisición de las competencias clave para el
aprendizaje permanente que aparecen recogidas en la Recomendación del Consejo
de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018. En este real decreto, estas
competencias clave han sido adaptadas al contexto escolar, así como a los
principios y fines del sistema educativo establecidos en la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Dichas competencias son las siguientes:
– Competencia
en comunicación lingüística.
– Competencia
plurilingüe.
– Competencia
matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería.
– Competencia
digital.
– Competencia
personal, social y de aprender a aprender.
– Competencia
ciudadana.
– Competencia
emprendedora.
– Competencia
en conciencia y expresión culturales.
De acuerdo con lo expresado en la
Recomendación, no existe jerarquía entre las distintas competencias, ya que se
consideran todas igualmente importantes. Tampoco se establecen entre ellas
límites diferenciados, sino que se solapan y entrelazan. Tienen, por tanto,
carácter transversal: ninguna se corresponde directa y unívocamente con una
única área; y todas se adquieren y desarrollan a partir de los aprendizajes que
se producen en las distintas áreas. Este carácter transversal de las
competencias favorece el enfoque globalizado propio de la etapa de Educación
Infantil.
Se espera que la adquisición de
estas competencias a lo largo de su escolarización permita al alumnado
prepararse para afrontar con éxito los principales retos del siglo XXI:
planificar hábitos de vida saludables, proteger el medioambiente, resolver
conflictos de forma pacífica, actuar como consumidores responsables, usar de
manera ética y eficaz las tecnologías, promover la igualdad de género, manejar la ansiedad que genera la incertidumbre,
identificar situaciones de inequidad y desarrollar sentimientos de empatía,
cooperar y convivir en sociedades abiertas y cambiantes, aceptar la
discapacidad, apreciar el valor de la diversidad, formar parte de un proyecto colectivo y
adquirir confianza en el conocimiento como motor del desarrollo. La respuesta a
estos y otros desafíos –entre los que existe una absoluta interdependencia–
necesita de los conocimientos, destrezas y actitudes que subyacen a las
competencias clave y son abordados de manera global desde todas las áreas que
conforman la etapa.
Por esta razón, en la elaboración
de las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil, se ha adoptado una visión
estructural y funcional de las competencias clave, en la que sus tres dimensiones –la
cognitiva o conocimientos, la instrumental o destrezas y la actitudinal o
actitudes– se integran en acciones concretas para resolver de manera
eficaz una tarea significativa y contextualizada orientada al desarrollo
integral de niños y niñas, respondiendo así al objetivo establecido para la
etapa en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Con este mismo objetivo, entre
las competencias se han incorporado destrezas esenciales, como el pensamiento
crítico, la resolución de problemas, el trabajo en equipo, las destrezas de
comunicación y negociación, las destrezas analíticas, la creatividad y las
destrezas interculturales. Estas
facilitan a niños y niñas el descubrimiento, el conocimiento y la comprensión
de su realidad, que abarca, entre otros, el entorno y los objetos, las
organizaciones y relaciones sociales, los distintos lenguajes para comunicar de
una manera respetuosa y creativa sus ideas, intenciones o vivencias.
El desarrollo de las competencias
viene condicionado por las distintas formas de comprender la realidad en cada
momento de la etapa que, aunque tiene carácter global, se organiza en dos
ciclos con intencionalidad educativa. Los elementos curriculares de ambos
ciclos se adaptan a las características y particularidades del alumnado de cada
uno de ellos. En el primer
ciclo se da especial relevancia a los procesos de conocimiento y dominio del
propio cuerpo y de individuación, a la construcción de una trama de relaciones
e interacciones en el entorno físico y social, y al uso de los lenguajes que la
hacen posible. Todo ello regido por el principio fundamental de respeto a los
ritmos individuales de cada niño y cada niña, a sus cuidados esenciales en un
entorno afectivo, participativo y de igualdad que le proporcione confianza,
bienestar y seguridad. En el segundo ciclo, se amplían y refuerzan los
aprendizajes adquiridos previamente, y se intensifica el protagonismo de la
adquisición de destrezas que contribuyan a «aprender a ser» y «aprender a
hacer», para avanzar así en el camino hacia el desarrollo de un cierto grado de
autonomía, responsabilidad e iniciativa en la realización de tareas. En ambos
ciclos, el proceso de desarrollo y aprendizaje viene marcado por la
observación, la escucha activa y el aumento progresivo de la actividad a través
de la experimentación y del juego.
Las competencias clave se ven
reflejadas tanto en los diferentes elementos curriculares como en los
principios pedagógicos propios de la etapa.
El primero de esos principios es
el fomento del desarrollo integral de niños y niñas. Esta tarea exige conocer
sus necesidades, intereses e inquietudes, e implica conocer también los
factores y los procesos evolutivos que configuran sus posibilidades de
experimentar, desarrollarse y aprender. Del mismo modo, dar respuesta a esas
necesidades, intereses e inquietudes, en función de su madurez y del momento
vital en el que se encuentran, permite proporcionarles las herramientas que les
ayuden a desenvolverse con mayor autonomía y a afrontar con responsabilidad los
retos que puedan presentarse a corto y largo plazo. Para ello, se tendrán en
cuenta las necesidades y oportunidades individuales de cada niño o niña, así
como las de su contexto familiar y se establecerán las medidas ordinarias y
extraordinarias que garanticen su inclusión educativa.
Otro de los principios pedagógicos basa la práctica educativa en la
experimentación y el juego, así como en experiencias de aprendizaje
significativas y emocionalmente positivas. De esta manera, el aprendizaje se concibe como un proceso
que realizan los niños y las niñas de forma activa, que implica su actuación
sobre la realidad, su motivación, la elaboración de interpretaciones y la
comprensión de significados progresivamente ajustados a los aspectos de su
entorno y de sí mismos que quieran explorar, descubrir y aprender. En este
sentido, y para facilitar la vinculación de las situaciones de aprendizaje con
las necesidades, intereses e inquietudes de niños y niñas, se espera que estas
sean formuladas desde la interacción entre el alumnado y la persona adulta,
estableciendo conexiones entre lo nuevo, lo sabido, lo experimentado y lo
vivido. Abordar desde este enfoque los aprendizajes de la etapa supone diseñar
y desarrollar situaciones de aprendizaje funcionales, significativas y
relevantes, que requieran la concurrencia simultánea o sucesiva de los
conocimientos, las destrezas y las actitudes propios de las áreas que conforman
la Educación Infantil.
Con el fin de favorecer la
inclusión de todo el alumnado, se prestará especial atención a la accesibilidad
del material manipulativo en el aula. Asimismo, el diseño de las actividades
diarias debe abordarse desde un enfoque que prevenga la discriminación; para
asegurar el bienestar emocional y fomentar la inclusión social del alumnado con
discapacidad, se garantizará la interacción con los iguales en el desarrollo de
dichas actividades. De la misma manera, se tendrán en cuenta las posibles
necesidades específicas en lo relativo a la comunicación y el lenguaje del
alumnado con discapacidad.
Competencia
personal, social y de aprender a aprender
Resulta
especialmente relevante que los niños y las niñas se inicien en el
reconocimiento, la expresión y el control progresivo de sus propias emociones y
sentimientos, y avancen en la identificación de las emociones y sentimientos de
los demás, así como en el desarrollo de actitudes de comprensión y empatía. Por otro lado, la
escolarización en esta etapa supone también el descubrimiento de un entorno
diferente al familiar, en el que se experimenta la satisfacción de aprender en
sociedad, mientras se comparte la experiencia propia con otras personas y se
coopera con ellas de forma constructiva. Para ello, los niños y las niñas
comienzan a poner en marcha, de manera cada vez más eficaz, recursos personales
y estrategias que los ayudan a desenvolverse en el entorno social con
progresiva autonomía y a resolver los conflictos a través del diálogo en un
contexto integrador y de apoyo.
Conclusión:
La indagación nos muestra la
importancia de cómo la Etapa de Educación Infantil se afirma y adquiere la gran
relevancia que merece. Siendo los pilares fundamentales del desarrollo integral del niño. Se demuestra
por tanto, que dispone de identidad propia y debe de introducir contenidos
esenciales de educación emocional, que garanticen su adquisición a lo largo de
la Etapa y con más presencia didáctica en
el segundo Ciclo.
<<Cuidemos todos de la Infancia>>
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